Entradas con la etiqueta ‘destrucción de papeles con datos’

Las empresas británicas no disponen de políticas para la destrucción de datos sensibles

Sábado, 28 de Noviembre de 2009

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Un reciente estudio revela que cerca de la mitad de las compañías británicas no destruyen adecuadamente los datos personales de sus clientes. (más…)

Sólo el 16% de las empresas españolas han inscrito sus ficheros en la AEPD

Miércoles, 21 de Octubre de 2009

El porcentaje de compañías españolas que han inscrito sus ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos alcanza sólo el 16%, a pesar de que se trata de una obligación que han de cumplir todas las empresas.

Por ello, el número de sanciones que está imponiendo la Agencia está aumentando en los últimos meses. (más…)

Las farmacéuticas acuerdan un nuevo modelo de disociación de datos para minimizar riesgos legales en los ensayos clínicos

Martes, 15 de Septiembre de 2009

farmaciaLas farmacéuticas en España apuestan por un nuevo modelo de disociación de datos para el tratamiento de las muestras de los pacientes participantes en ensayos clínicos y programas de farmacovigilancia con el objetivo de “minimizar riesgos legales” sin incumplir la actual Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

Según recoge el nuevo ‘Código Tipo de Farmaindustria de Protección de  datos personales en el ámbito de la investigación clínica y la farmacovigilancia’, el procedimiento de disociación de datos “ha de ser irreversible” para que el promotor –farmacéutica– no tenga acceso “en ningún caso” a los datos de carácter personal de los sujetos participantes en el estudio.

Con este código, la patronal de las farmacéuticas pretende que los miembros que se adhieran puedan “ceder o dar acceso libremente” a otras empresas a los datos de los estudios, y “puedan comunicar datos a matrices en el extranjero sin estar sujetos a la LOPD, según explicó la experta en Derecho Sanitario y Farmacéutico de Jausás, Noelia de Miguel, durante la reunión celebrada hoy sobre la situación y aportaciones del código de Farmaindustria y la viabilidad de su implantación en nuestro país.

En este sentido, el investigador será el responsable de realizar la disociación de los datos, el centro donde se realice estará encargado del fichero de investigación clínica y laboratorio del tratamiento de esos datos y del uso de la información obtenida. De este modo, en caso de ser necesario indemnizar al sujeto por posibles acontecimientos adversos, el investigador contactará con la entidad aseguradora y no con el promotor, para evitar el acceso a datos identificativos del paciente.

PROFESIONALES SANITARIOS SUJETOS A LA LOPD

Respecto a la disociación de datos en programas de farmacovigilancia, el Código Tipo de Farmaindustria establece que el laboratorio no participará en la recogida de datos ni accederá a datos personales de los consumidores para poder “implementar las medidas de seguridad exigidas por la LOPD y comunicar libremente los datos disociados de los consumidores a otras personas físicas o jurídicas”.

No obstante, el laboratorio promotor del estudio si estará sujeto a las normas de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la LOPD y no podrá ceder los datos de los profesionales sanitarios encargados de recoger la información necesaria para la investigación.

El Código Tipo de Farmaindustria es una norma de máximos que supone el previo cumplimiento de la LOPD, aunque será vinculante para los laboratorios y las empresas que realizan ensayos clínicos por contrato (CRO, por sus siglas en inglés), las cuales también deberán hacer cumplir las normas del código al resto de entidades que trabajen ellas en la realización de estudios.

Fuente: http://www.europapress.es

Burgos: Aparecen miles de documentos de Cruz Roja con datos confidenciales

Miércoles, 2 de Septiembre de 2009

Miles de documentos con datos confidenciales de Cruz Roja cubren el suelo del entorno de la vieja estación ferroviaria, junto a la que se encuentra la antigua sede en los terrenos de Renfe que hasta enero ha ocupado la entidad. (más…)

La AEPD abre procedimientos a 4 juzgados, 1 Audiencia Provincial y 3 Consejerías de Justicia por la aparición de documentación judicial en la vía pública

Miércoles, 17 de Junio de 2009

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  • La AEPD ha podido acreditar que la información hallada ha estado accesible a terceros, al haber sido obtenida por periodistas en la vía pública.
  • Los documentos incluían, en algunos de los casos, nombres de víctimas y agresores, informes médicos y psicológicos, diligencias originales, declaraciones, fotocopias de sus documentos de identidad, etc..
  • Se han iniciado cuatro procedimientos de declaración de infracción contra
    juzgados de Madrid, Valencia (Alzira), Barcelona (Igualada) y Sevilla, y otro
    contra la Audiencia Provincial de A Coruña por una presunta vulneración del deber de secreto.
  • Paralelamente se han abierto procedimientos de declaración de infracción a la Consejerías de Justicia de Valencia, Galicia y Andalucía por presunta vulneración de las medidas de seguridad al ser la responsables de dotar a los juzgados de los medios y medidas de seguridad.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha iniciado 8 procedimientos de declaración de infracción a las administraciones públicas tras las actuaciones previas de inspección llevadas a cabo en los últimos meses a raíz de la documentación aportada por Telecinco a la AEPD y las informaciones emitidas por el mismo medio de comunicación, relativas a la aparición de diversa documentación judicial con datos personales, en contenedores en la vía pública, perteneciente a distintos juzgados de varias provincias españolas.

Dichos documentos incluían en algunos casos nombres de víctimas y agresores, informes médicos y psicológicos, diligencias originales, declaraciones de las víctimas, fotocopias de sus documentos de identidad e, incluso, sus domicilios impresos en solicitudes de órdenes de alejamiento.

En total se han iniciado cuatro procedimientos de declaración de infracción contra juzgados de Madrid, Valencia (Alzira), Sevilla y Barcelona (Igualada), y otro contra la Audiencia Provincial de A Coruña, por una presunta vulneración del deber de secreto de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), al haberse acreditado por la AEPD que los documentos se encontraban al alcance de terceros en la vía pública.

Además, se han abierto procedimientos de declaración de infracción a las Consejerías competentes en cada caso, de Valencia, Galicia y Andalucía por presunta vulneración de las medidas de seguridad, al ser competentes en la dotación de los medios materiales y técnicos, y responsables de implementar las medidas de seguridad en los juzgados.

Fuente: AEPD