El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para desarrollar parcialmente la Ley de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y que contempla, entre otros aspectos, la creación de un registro electrónico común.
Según consta en la referencia del Consejo de Ministros, con el desarrollo de esta ley se pretende mejorar la “transparencia, la eficiencia y la cercanía de los ciudadanos” con la Administración aprovechando las nuevas tecnologías, de manera que puedan acceder a la mayoría de los trámites a través de Internet.
Entre otros puntos, el Real Decreto establece un marco más flexible en la implantación de la Administración Electrónica, regula el concepto de sede electrónica y refuerza la fiabilidad de estos puntos de acceso a los servicios de la Administración General
Asimismo, contempla la creación de un Registro electrónico común que recibirá los escritos y comunicaciones que presenten los ciudadanos y facilitará información sobre los mismos.
También se regulan los elementos mínimos imprescindibles, en materia de identificación y autentificación.
Para ello, se establece un régimen específico para facilitar la actuación en nombre de terceros a través de dos mecanismos: habilitaciones para la presentación de documentos electrónicos en representación y la posibilidad de que los funcionarios públicos habilitados puedan llevar a cabo la identificación y autentificación de los ciudadanos en los servicios y procedimientos.
Además, se regula el procedimientos para recabar o remitir documentos que se encuentren en poder de la Administración, evitando que los ciudadanos tengan que volver a aportarlos.
Por último, se desarrollan aspectos relacionados con los documentos electrónicos: características, validez, copias electrónicas, agrupación en expedientes, archivo, conservación y destrucción de documentos.
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